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Riesgos extraordinarios

Riesgos extraordinarios

Los riesgos extraordinarios son sucesos de una intensidad tan fuera de lo común (terremotos, inundaciones extraordinarias, erupciones volcánicas, terrorismo) que ninguna aseguradora privada los asume por su cuenta. Por eso, en España, es el Consorcio de Compensación de Seguros quien responde ante ellos, siempre que tengas contratada una póliza del ramo afectado.

EJEMPLO PRÁCTICO

Una tormenta ciclónica atípica arranca el tejado de tu casa: esa intensidad tan extraordinaria la cubre el Consorcio de Compensación, no las garantías habituales de viento de tu póliza de hogar.