Grúa junto a un edificio de viviendas en construcción: seguros para promotores inmobiliarios en Murcia

Seguros para promotores inmobiliarios en Murcia:
lo que exige la ley

Un promotor decide, financia y vende la obra, y por eso la ley le hace responder ante los compradores durante años, junto a todos los que intervienen. La Ley de Ordenación de la Edificación le obliga a contratar el seguro decenal y a garantizar el dinero que adelantan los compradores, y el convenio de la construcción, a asegurar a su plantilla. Te explicamos qué cubrir y te lo preparamos desde nuestra oficina en el centro de Murcia.

Lo que dice la ley

¿Qué seguros son obligatorios para un promotor?

La Ley de Ordenación de la Edificación fija las garantías del promotor, y el convenio de la construcción, el seguro de su plantilla.

  • Seguro decenal: en los edificios de viviendas, el promotor debe garantizar durante diez años los daños estructurales con un seguro de daños materiales, un seguro de caución o una garantía financiera, por el 100 % del coste final de la ejecución material de la obra (artículos 9 y 19 y disposición adicional segunda de la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación). Sin él no se puede escriturar ni inscribir la obra nueva (artículo 20).

  • Cantidades a cuenta: si cobras dinero de los compradores antes de entregar las viviendas, debes garantizar su devolución con intereses mediante un seguro de caución o un aval, individual para cada comprador, y cobrarlo en una cuenta especial (disposición adicional primera). No hacerlo se sanciona con hasta el 25 % de las cantidades.

  • Tu responsabilidad: el promotor responde solidariamente con los demás agentes ante los compradores por los daños materiales de la construcción: diez años para la estructura y tres para los defectos que afectan a la habitabilidad (artículo 17).

  • Tu plantilla: el convenio general de la construcción, que incluye a las promotoras y las inmobiliarias, exige 47.000 € por muerte, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez y 28.000 € por incapacidad permanente total por accidente de trabajo o enfermedad profesional (artículo 69 y anexo I del VII Convenio).

El decenal no es exigible al autopromotor individual de una única vivienda unifamiliar para uso propio; si la vende antes de diez años, tendrá que contratarlo por el tiempo que falte, salvo que haya vivido en ella y el comprador le exonere (disposición adicional segunda). Las garantías de uno y tres años por acabados y habitabilidad son voluntarias mientras un real decreto no las haga obligatorias. El VII Convenio de la construcción está vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.

Lo que más preocupa a quien promueve no suele ser la ley: es una grieta que aparece años después de la entrega, un accidente en la obra que acaba en reclamación o una promoción que se retrasa con el dinero de los compradores dentro.

El paquete completo

Qué seguros necesita un promotor

Lo que exige la ley y lo que protege tu promoción:

Trabajador en un andamio de una obra: responsabilidad civil del promotor

1. Responsabilidad civil del promotor

Durante la obra y después:

  • Daños a terceros — un andamio que cae sobre un coche, una grieta en el edificio colindante o un peatón herido junto a la valla de la obra.

  • Contratistas y subcontratistas — la responsabilidad que te alcanza por los actos de las empresas que trabajan para ti, con la garantía de responsabilidad subsidiaria de Allianz RC Pyme.

  • Accidentes de trabajadores — la responsabilidad patronal y cruzada si un trabajador propio o de una contrata te reclama, hasta 600.000 € por víctima.

2. Las garantías de la LOE

Antes de cobrar y de escriturar:

  • Seguro decenal — obligatorio en viviendas, por el 100 % del coste de ejecución material y con la prima pagada en la recepción de la obra. Te explicamos qué necesitas para tenerlo listo antes de escriturar la obra nueva.

  • Caución de cantidades a cuenta — una póliza individual por comprador desde la licencia, para que el dinero que adelantan esté garantizado si la obra no llega a buen fin.

  • Uno y tres años — las garantías voluntarias de acabados y habitabilidad, si quieres dar más tranquilidad al comprador.

Fachada de un edificio de viviendas nuevo vista desde abajo: seguro decenal y garantías de la LOE
Materiales y encofrados en una obra vista desde arriba: seguro de la obra

3. La obra

Mientras se levanta el edificio:

  • Daños a la obra — un incendio, una tormenta, un robo de materiales o un acto vandálico durante la construcción: un seguro de todo riesgo construcción, que estudiamos según la promoción.

  • Colindantes — los daños a edificios vecinos por excavaciones o recalces, que conviene tener cubiertos antes de empezar.

  • Capital asegurado — asegura la obra por su valor final, no por el del primer certificado, para evitar la regla proporcional.

4. Tu equipo

Lo que exige el convenio de la construcción:

  • Accidentes de convenio — los 47.000 € y 28.000 € del artículo 69, con las altas y bajas al día.

  • Vida colectivo — la mensualidad que paga la empresa por muerte natural o accidente no laboral, y un capital para la familia.

  • Salud colectivo — seguro médico para tu equipo, exento de IRPF hasta 500 € al año por persona.

Equipo con cascos en una obra: seguro de convenio de la construcción
Mano con las llaves de una vivienda: viviendas en stock y patrimonio de la promotora

5. Lo que queda por vender

Y el patrimonio de la promotora:

  • Viviendas, locales y garajes en stock — lo que aún no has vendido sigue siendo tuyo: incendio, agua, vandalismo y la responsabilidad como propietario.

  • Responsabilidad de administradores — si la promotora entra en concurso o un comprador reclama, la reclamación puede alcanzar el patrimonio de los administradores.

  • Ciberseguridad — pagos de compradores y datos personales: asistencia técnica y legal ante un ataque o una fuga de datos.

Guías para promotores

Seguros obligatorios por convenio

Qué exige el de la construcción y los demás.

Responsabilidad de administradores

Embargos y concurso.

Un trabajador reclama a la empresa

Responsabilidad civil patronal.

Fraude de la factura falsa

Transferencias desviadas y seguro.

Infraseguro y regla proporcional

Por qué asegurar el valor real.

Locales y naves en alquiler

Si alquilas lo que no vendes.

El seguro de la comunidad

Lo que necesita el edificio al entregarlo.

Altas y bajas en el seguro de convenio

Que nadie quede fuera en la obra.

Te revisamos las pólizas que ya tienes

Comprobamos que tu responsabilidad civil cubre la obra, los edificios colindantes y a tus contratas, que tienes previstas las garantías de la LOE antes de cobrar a los compradores y de escriturar, que tu seguro de convenio cumple los importes de la construcción y que lo que queda por vender está asegurado. Si falta algo, te lo decimos antes de un siniestro.

¿Vas a empezar una promoción?

Antes de pedir la licencia es el momento de ordenar los seguros: la responsabilidad civil de la obra, la garantía de las cantidades a cuenta si vas a vender sobre plano y el seguro decenal que necesitarás para escriturar. Te ayudamos a tenerlo todo preparado a tiempo.

Habla con un agente

Detrás de esta página no hay un comparador automático ni un formulario que redirige a un call center. Somos AMB Seguros, agentes exclusivos de Allianz con credencial DGSFP y más de 30 años asesorando a empresas en Murcia. Dinos cuántas promociones tienes en marcha, el número de viviendas y el presupuesto de ejecución, si vendes sobre plano, si construyes tú o contratas a una constructora, cuántas personas trabajan en la promotora, lo que tienes en stock y el código postal, y te preparamos el paquete completo sin compromiso.

FAQs

Preguntas frecuentes sobre los seguros de un promotor

¿Es obligatorio el seguro decenal?
Sí, en los edificios cuyo destino principal es la vivienda. La Ley de Ordenación de la Edificación obliga al promotor a garantizar durante diez años los daños estructurales con un seguro de daños materiales, un seguro de caución o una garantía financiera (artículo 19 y disposición adicional segunda).
¿Por cuánto hay que contratarlo?
Por el 100 % del coste final de la ejecución material de la obra, incluidos los honorarios profesionales. Si tiene franquicia, no puede superar el 1 % del capital asegurado de cada unidad registral (artículo 19).
¿Qué pasa si no lo tengo?
No se puede autorizar ni inscribir la escritura de declaración de obra nueva (artículo 20), y quien estaba obligado a contratarlo responde personalmente de los daños (artículo 19).
¿Tengo que garantizar el dinero que me adelantan los compradores?
Sí. Desde la licencia, debes garantizar su devolución con intereses mediante un seguro de caución o un aval, individual para cada comprador, y cobrarlo en una cuenta especial (disposición adicional primera). No hacerlo se sanciona con hasta el 25 % de las cantidades.
¿Necesita seguro decenal quien construye su propia casa?
No, si es un autopromotor individual de una única vivienda unifamiliar para uso propio. Pero si la vende antes de diez años, tendrá que contratarlo por el tiempo que falte, salvo que haya vivido en ella y el comprador le exonere expresamente.
¿De qué responde el promotor ante los compradores?
De los daños materiales por vicios o defectos de construcción, solidariamente con los demás agentes: diez años para la estructura y tres para los defectos que afectan a la habitabilidad. Las acciones prescriben a los dos años desde que se producen los daños (artículos 17 y 18).
¿Qué convenio se aplica a una promotora?
El convenio general de la construcción incluye expresamente a las empresas inmobiliarias y a la promoción de la edificación (anexo I). Exige 47.000 € por muerte, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez y 28.000 € por incapacidad permanente total por accidente de trabajo o enfermedad profesional (artículo 69).
¿Cubre el decenal un incendio o los daños a los muebles?
No, salvo pacto en contrario: la ley excluye, entre otros, los daños corporales, los causados a inmuebles vecinos o a bienes muebles, y los que se originan en un incendio o explosión que no venga de un defecto de las instalaciones (artículo 19). Para eso están la responsabilidad civil y el seguro del edificio.
¿Necesito responsabilidad civil si ya tengo el decenal?
Sí. El decenal solo garantiza los daños materiales del edificio. Los daños a terceros durante la obra, a los edificios colindantes o a los trabajadores los cubre la responsabilidad civil.
¿Cuánto cuestan los seguros de una promoción?
Dependen del presupuesto de ejecución, del número de viviendas, de si vendes sobre plano, de quién construye y de tu experiencia como promotor. Con esos datos te preparamos el presupuesto sin compromiso.